Estudios Profesionales

Las Enseñanzas Profesionales oficiales (LOE) están orientadas a proporcionar al alumnado una enseñanza artística de calidad y garantizar la cualificación de los futuros profesionales de la música. Estas enseñanzas atienden de forma específica las necesidades del estudiante de Jazz y Música Moderna, permitiendo el acceso a los estudios superiores de Jazz y Música Moderna nacionales e internacionales.

El plan definido por la LOE (2/2006) para la Enseñanzas Profesionales consta de seis cursos. El acceso se realiza mediante una prueba de acceso que se convoca anualmente en el mes de abril y se celebra en la segunda quincena de junio.

CEMU Profesional Estudio es Centro Autorizado de Enseñanzas Profesionales de Música Moderna (Código de centro: 15033186).

➭  ESPECIALIDADES DE MÚSICA EN CEMU PROFESIONAL ESTUDIO

  • Guitarra Eléctrica
  • Bajo Eléctrico
  • Contrabajo
  • Batería/Percusión
  • Saxo
  • Trompeta
  • Trombón
  • Canto
  • Piano

RESERVAS DE PLAZA: 981 561 895 / info@escola-estudio.com

La prueba de acceso consta de una parte práctica (instrumental) y otra teórico-práctica (lenguaje musical, armonía, etc.) en la que el aspirante deberá demostrar haber alcanzado los niveles exigidos para el curso al que opte.

➭  ACCESO A PRIMER CURSO

El requisito para acceder al primer año de educación musical profesional,  es superar una prueba de acceso específica. A través de esta prueba, se valorará la madurez, habilidades y conocimientos, con el objetivo de aprovechar la formación profesional, de acuerdo con los objetivos establecidos.

El Departamento de Educación y Planificación Universitaria regulará el procedimiento de acceso para el primer año, que se ajustará a las disposiciones de las siguientes secciones.

Para TODAS LAS ESPECIALIDADES, excepto para CANTO, la prueba consistirá en:

  • Interpretación, en el instrumento de la especialidad a la que elige, de tres obras pertenecientes a diferentes estilos, de las cuales, al menos, una debe ser interpretada en la memoria. Este ejercicio se calificará de cero a diez puntos y obtendrá una puntuación mínima de cinco puntos para aprobar.
  • Ejercicio para evaluar la capacidad auditiva de los alumnos y sus conocimientos teóricos y prácticos del lenguaje musical. Este ejercicio se calificará de cero a diez puntos, y alcanzará una puntuación mínima de cinco puntos para aprobar.

La puntuación definitiva de la prueba citada en los puntos anteriores será la media ponderada de la calificación obtenida en ambos ejercicios. Para estos efectos, el primero de ellos tendrá un valor del 70% y el segundo del 30%.

La superación de la prueba de acceso, faculta exclusivamente al alumno para matricularse en el curso académico para el que fue convocada.

➭ ACCESO A OTROS CURSOS

Se puede acceder a cualquier otro curso de educación profesional sin haber asistido a los anteriores, si, mediante una prueba, el solicitante demuestre poseer los conocimientos necesarios para cursar con aprovechamiento las enseñanzas correspondientes.

El Departamento de Educación y Planificación Universitaria debe regular el procedimiento de acceso a cualquier otro curso, que se ajustará a las disposiciones de los siguientes puntos. Esta prueba constará de dos ejercicios:

  • Interpretación, en el instrumento o la voz, de tres obras de diferentes estilos, del nivel correspondiente al curso inmediatamente anterior al que se opta y de la cuales, al menos una debe interpretarse de memoria. Este ejercicio se calificará de cero a diez puntos, y será necesario una puntuación mínima de cinco puntos para aprobar.
  • Ejercicio teórico-práctico para evaluar el conocimiento de las asignaturas de los cursos anteriores al que se opte. Este ejercicio se calificará de cero a diez puntos, y será necesario una puntuación mínima de cinco puntos para aprobar.

La puntuación definitiva de la prueba citada en los puntos anteriores será el promedio de la calificación obtenida en ambos ejercicios. Para estos efectos, el primero de ellos tendrá un valor del 70% y el segundo del 30%.

La superación de la prueba de acceso faculta al alumno exclusivamente para inscribirse en el curso académico para el que fue convocada.

➭ MATRICULACIÓN

El Departamento de Educación y Organización Universitaria establece las reglas de admisión y matrícula, así como las condiciones de los traslados del centro.

En el caso del alumnado que curse más de una especialidad, solo estudiará las materias comunes por una de ellas. Una vez cursas y superada en una especialidad, la calificación obtenida es válida para todas las especialidades, y de esta manera debe constar en el libro de calificación. A estos, la materia de Piano complementaria se considera común de las especialidades que la incluyen.

Los estudiantes pueden formalizar la inscripción en el sexto año en más de un itinerario y en más de una materia opcional.

➭ EVALUACIÓN

El Departamento de Educación y Planificación Universitaria regulará la evaluación, promoción y permanencia de los estudiantes, que se ajustará a lo dispuesto en los puntos siguientes:

  • La evaluación de las enseñanzas profesionales se llevará a cabo teniendo en cuenta los objetivos y criterios de evaluación establecidos en el currículo.
  • La evaluación del aprendizaje de los alumnos será continua e integradora, aunque diferenciada según las asignaturas del currículo.
  • La evaluación, supervisada por la jefatura de estudios, la realiza el conjunto del profesorado del alumno coordinado por el profesor o por el profesor que desempeñe la tutoría. Este profesorado actuará de manera integrada a lo largo del proceso de evaluación y en la adopción de las decisiones resultantes de dicho proceso.
  • El personal docente evaluará los procesos de aprendizaje y enseñanza de los alumnos y su propia práctica docente.
  • Los resultados de la evaluación final de las asignaturas que conforman el currículum se expresarán mediante una escala numérica del 1 al 10 sin decimales. Las calificaciones iguales o superiores a cinco se considerarán positivas y las negativas menores de cinco.
  • La Consellería de Educación y Ordenación Universitaria regulará las condiciones para que los centros organicen las oportunas pruebas extraordinarias con el fin de facilitar la recuperación de las asignaturas con evaluación negativa.

➭ PROMOCIÓN

El alumnado pasará al curso superior cuando haya superado las materias cursadas estudiadas o haya tenido una evaluación negativa, como máximo, en dos materias.

En el supuesto de que la materia pendiente sea de práctica instrumental instrumental o vocal, la recuperación de la materia deberá realizarse en la clase del curso siguiente, si forma parte de él. En el resto de los casos, los alumnos deberán asistir a las clases de las asignaturas no superadas en el curso anterior.

La calificación negativa en tres o más materias de uno o varios cursos impedirá la promoción de los estudiantes al siguiente curso.

El alumnado que al remate el sexto curso tuviese pendiente de evaluación positiva tres materias más deberá repetir el curso en su totalidad. Cuando la calificación negativa se produce en una o dos materias, solo será necesario que realice las materias pendientes.

Con respecto al punto anterior, los centros pueden, según su disponibilidad, autorizar la asistencia de estudiantes con una o dos materias pendientes, como oyentes, a las clases de materias ya aprobadas.

➭ PERMANENCIA

El límite de permanencia en las enseñanzas profesionales de música es de ocho años. El alumnado no podrá permanecer más de dos años en el mismo curso, excepto en el sexto curso.

Con carácter excepcional, la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria puede autorizar una extensión de un año de la permanencia de los estudiantes en el grado profesional, en casos de enfermedad que perturben sustancialmente el desarrollo de los estudios o en otros casos que merecen la misma consideración.

En cualquier caso, la permanencia en la educación profesional no podrá exceder de nueve años, incluyendo, si corresponde, la extensión otorgada.

➭ TÍTULO

El alumnado que supere las enseñanzas profesionales de música obtendrá el título profesional de música, donde constará la especialidad cursada.

Quien finalice las enseñanzas profesionales de música obtendrá el título de bachillerato si supera las materias comunes del bachillerato aunque no realizase el bachillerato de la modalidad de artes de música y danza.